SENTENCIA CONSTITUCIONAL 920/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 920/2002-R

Fecha: 02-Ago-2002

III.4.

“En  el caso objeto de examen, los recurrentes pretenden ser restituidos a su fuente de trabajo por medio del Amparo Constitucional, denunciando un ilegal despido efectuado por los ejecutivos de la empresa en la que prestaban servicios. Empero, tales aspectos necesaria y definitivamente deben ser conocidos y resueltos en la judicatura laboral y no en el Recurso de Amparo Constitucional, pues los actores, en sus condiciones de trabajadores, se encuentran inmersos en el régimen laboral de la Ley General del Trabajo y disposiciones conexas, por lo que les corresponde acudir ante la señalada instancia judicial en defensa de los derechos que considera vulnerados; no pudiendo utilizar el Amparo Constitucional como sustitutivo de esa vía”.