rechazan el incidente
Con la respuesta de la parte contraria, el Presidente y Vocales de la Corte Nacional Electoral, por Resolución de 29 de julio de 2002, rechazan el incidente por ser manifiestamente infundado al considerar que la Corte Nacional Electoral ha actuado en estricta sujeción a la ley, no ha vulnerado ningún precepto constitucional ni ha pronunciado norma alguna que fuere inconstitucional o atacare el espíritu de otra. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) LTC, es elevada en consulta ante este Tribunal.
- Luis Ramiro Beltrán Salmón, Oscar Hassenteufel Salazar, Mónica Soriano López, E. Natividad Avilés Aguirre, Rosario Ibarnegaray y Gonzalo Lema Vargas,
- intuito personae,
- I.2.1 Respuesta al recurso
- rechazan el incidente
- cuya decisión dependa
- , una sentencia o resolución final
- absolver la consulta formulada
- APRUEBA
