SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2002-R
Fecha: 12-Sep-2002
a)
Mediante su abogado los recurrentes ratificación su demanda y manifestaron: a) pese a que las investigaciones se iniciaron hace cuatro meses, hasta la fecha el recurrido no ha dado aviso al Juez Cautelar y b) el fiscal recurrido tampoco solicitó medidas cautelares. Pide se declare procedente el recurso y se conmine al fiscal para que se pronuncie sobre el pedido de archivo de obrados.
Los recurrentes manifiestan que la autoridad demandada por una parte no ha cumplido con el debido proceso, por cuanto: a) sin realizar imputación formal, amplió la investigación por el supuesto delito de abigeato, b) no dio aviso sobre las investigaciones al Juez Cautelar y c) no dispuso su sobreseimiento y archivo de obrados; por otra parte señalan que ordenó su citación verbal para que se presenten cada semana, atentando contra su libertad. Corresponde establecer si es evidente lo denunciado.