Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2002-R
Fecha: 18-Sep-2002
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
Al abrogarse la Ordenanza Municipal 33/2000 por la 04/2002, se ha restringido su derecho a reunirse y asociarse para fines lícitos, así como su derecho al trabajo, reconocido por el art. 7 incs. c) y d) de la Constitución Política del Estado (CPE), así como se ha restringido el art. 103 de la Ley General del Trabajo, de 08 de diciembre de 1942 (LGT).