SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2002-R

Fecha: 18-Sep-2002

IMPROCEDENTE

Concluida la audiencia el Juez de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo-Cochabamba, pronunció la Resolución de 29 de julio de 2002 que corre a fojas 163-165, que declara IMPROCEDENTE el Recurso, con estos fundamentos: a) los recurrentes no observaron el procedimiento previsto en el art. 22 LM para impugnar la Ordenanza 04/2002 y b) el amparo es subsidiario y se aplica en tanto se hayan agotado los procedimientos naturales, no pudiendo ser suplida la inacción de la parte interesada, siendo en consecuencia aplicable lo dispuesto por el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional, de 1 de abril de 1998 (LTC).