Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2002-R
Fecha: 19-Sep-2002
procedente
La Resolución de 17 de agosto, cursante a fs. 23 a 26 de obrados, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia de La Paz, declara procedente el recurso, por detención indebida, sin calificar costas por ser excusable, con la siguiente fundamentación: a) que, la autoridad recurrida debía remitir el conocimiento del caso ante las autoridades correspondientes conforme la norma del Código niño, niña y adolescente; b) que, la recurrida confundió sus facultades al haber utilizado como medio legal el art. 226 CPP.