SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1144/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1144/2002-R

Fecha: 19-Sep-2002

a)

El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando; a) el hijo de la recurrente se encuentra detenido indebidamente hace una semana sin mandamiento de autoridad competente sin permitirle sea  asistido por un abogado defensor; b) quien libró el mandamiento de aprehensión fue el Jefe de Policía, sin tener presente que la nueva forma procesal penal establece que debe haber flagrancia en la comisión de un delito para proceder a la aprehensión, situación que en este caso no se presentó; c) no fue puesto a disposición del Ministerio Público dentro de las ocho horas establecidas para que luego sea remitido ante Juez competente dentro de las veinticuatro horas, como lo dispone el art. 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP).