Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1161/2002-R
Fecha: 24-Sep-2002
IMPROCEDENTE
Concluida la audiencia la Sala Civil Primera de la Corte Superior, de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 30 de julio de 2002 que corre a fojas 30 vta.-40, que declara IMPROCEDENTE el Recurso con el fundamento de que en el presente caso no se discute la detención preventiva del representado de la recurrente, sino que presuntamente existiría un acto ilegal u omisión indebida de parte del juzgador lo que pertenece a otro ámbito cual es el amparo constitucional. El vocal Gandarilla, es de voto disidente y opinó por la procedencia del recurso, respecto a las autoridades que ordenaron el traslado.
- Angélica Edgley Vaca Diez en representación de Hernán Cuellar Edgley
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- violaciones que tengan relación con la libertad física
- detención preventiva