SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1166/2002-R
Fecha: 25-Sep-2002
I.2.2. Informe de los recurridos.
El abogado del recurrido Alberto Sanjinez, expresó que son falsos los argumentos esgrimidos por el recurrente quien fue procesado por faltas graves cometidas en el desempeño de sus funciones como docente en la materia Procesos de Manufactura I, y de acuerdo a los arts. 73 y 82 del Reglamento Docente en vigencia se lo sancionó con la destitución previo proceso, aplicando a cabalidad las disposiciones internas.
La co-recurrida Rosmy Pol Rojas da lectura a su informe que señala que el recurrente fue sometido a proceso disciplinario el que se sustanció con su conocimiento legal y normas estatutarias de la UPB, ya que las resoluciones emitidas se deben a faltas graves cometidas, aclarando que en un solo proceso se lo juzgó como a docente y estudiante.