Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1166/2002-R
Fecha: 25-Sep-2002
III.4
III.4 Por lo anotado precedentemente, corresponde otorgar la tutela solicitada por encontrarse el caso dentro de las previsiones y alcances del art. 19 CPE, que ha instituido el amparo constitucional para la protección inmediata y eficaz de los derechos fundamentales de la persona ante los actos ilegales y omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir tales derechos. Consiguientemente, el Tribunal de Amparo al haber declarado procedente el recurso, con relación a la expulsión de la Maestría, ha efectuado una adecuada compulsa de los datos procesales y dado correcta aplicación al citado art. 19 CPE.