Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1172/2002 - R
Fecha: 26-Sep-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente presenta su demanda acusando la vulneración de los derechos al debido proceso, a la defensa, al trabajo y a dedicarse al comercio, a la industria o actividad lícita, previstos en los arts. 7-c)-d) y 16 CPE, con el argumento de que el recurrido sin someterle a previo proceso, ha dictado la resolución impugnada disponiendo la clausura de la barraca de su propiedad, sin tener competencia para ello; por lo que corresponde dilucidar si los hechos denunciados son evidentes y si corresponde otorgar la tutela solicitada.