SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1368/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1368/2003-R

Fecha: 22-Sep-2002

III.3

III.3  En este sentido, no consta en obrados, que la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza, hubiera rechazado o admitido la solicitud del recurrente, ni que el Estado Mayor de la Policía Nacional en coordinación con el Comandante General de la Policía Boliviana, hubieran emitido su criterio de evaluación del mismo, conforme exige el art. 53-g) del RSEP. Por otro lado, el Comandante General de la Policía Nacional, tampoco emitió en la gestión 2003, resolución alguna negando la solicitud del recurrente a la convocatoria al Curso de Administración y Estado Mayor de la Policía Nacional, constando sólo aquella, que se refiere a la negativa de la solicitud del recurrente efectuada en la gestión 2002.