Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2003-ECA
Fecha: 15-Ene-2003
I.2
I.2 El Tribunal Constitucional no ha efectuado una correcta valoración de las pruebas al declarar la procedencia del recurso, pues se adjuntó literal que demuestra las irregularidades cometidas por el recurrente, tales como la falta de inscripción de las inversiones en el POA 2001, el incumplimiento de normas previstas en la circular 004/2001 relativa al funcionamiento de la Comisión de Adquisiciones para la compra de bienes y contratación de servicios, sobreprecio en el arrendamiento del mamógrafo y otras.