Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2003-ECA
Fecha: 15-Ene-2003
II.5
II.5 Al haberse aprobado la procedencia del amparo en relación a los miembros del Tribunal Sumariante ilegalmente constituido, se aclara que se ha anulado el proceso interno, desde el inicio de su tramitación, por cuanto en caso de iniciarse uno nuevo, deberá estar a cargo de un Tribunal Sumariante conformado de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento de Procesos Internos de la CNS, que, como se tiene dicho, no puede ser modificado por una Circular del Gerente General de la entidad.