Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2003-ECA
Fecha: 15-Ene-2003
II.4
II.4 Los términos y el contenido de la Sentencia Constitucional 1517/2002-R, de 13 de diciembre, son claros, expresos y categóricos, no pudiendo, como pretende la solicitante, realizar modificaciones que afecten al fondo de la Resolución a través de una solicitud de complementación, dado que lo argüido en el numeral I.2 de este Auto, son aspectos que, a más de no incidir en la decisión del recurso de amparo, que únicamente se circunscribe al análisis de la existencia o no de vulneración de los derechos y garantías fundamentales, tienen relación con el fondo de la problemática del proceso administrativo interno, que ciertamente no es objeto del amparo constitucional.