Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2003-ECA
Fecha: 16-Ene-2003
b)
b) En cuanto a lo afirmado en el apartado I.2. inc. b), no corresponde a la verdad, pues desde que el Juez recurrido tomó conocimiento del caso y de las detenidas, en el plazo de 24 horas, les impuso medidas cautelares resolviendo su situación jurídica, por lo que la enmienda sobre este punto busca erróneamente cambiar el fondo de la resolución en base a datos falsos, en contravención del art. 50 LTC citado.