AUTO CONSTITUCIONAL 007/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 007/2003-CA

Fecha: 07-Ene-2003

el art. 24 de la Ley de Pensiones es declarado constitucional

En el caso que nos ocupa, el Presidente del Congreso Nacional y Vicepresidente Constitucional de la República, Carlos Diego Mesa Gisbert, consulta sobre la constitucionalidad del art. 24 de la Ley de Pensiones, sin precisar  la norma constitucional que eventualmente estaría  contraviniendo dicho precepto, el mismo que como ya se tiene señalado, fue declarado constitucional con anterioridad, imposibilitando  cualquier nueva revisión de la disposición  legal consultada, conforme lo establece el art. 58.V LTC.