el art. 24 de la Ley de Pensiones es declarado constitucional
En el caso que nos ocupa, el Presidente del Congreso Nacional y Vicepresidente Constitucional de la República, Carlos Diego Mesa Gisbert, consulta sobre la constitucionalidad del art. 24 de la Ley de Pensiones, sin precisar la norma constitucional que eventualmente estaría contraviniendo dicho precepto, el mismo que como ya se tiene señalado, fue declarado constitucional con anterioridad, imposibilitando cualquier nueva revisión de la disposición legal consultada, conforme lo establece el art. 58.V LTC.
