AUTO CONSTITUCIONAL 043/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 043/2003-CA

Fecha: 30-Ene-2003

rechazan el incidente

Con la respuesta de la parte contraria, Nelly M. de la Cruz de Palomeque y  Ricardo Alarcón Pozo, Presidenta y Vocal de la Sala Civil Tercera de la Corte Superior de La Paz, por Resolución 005/2003 de 13 de enero de 2003, rechazan el incidente  considerando que la decisión del proceso coactivo no depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la cláusula sexta de la Escritura Pública 1333/20001 base de la acción coactiva, por haberse celebrado en forma voluntaria, sin vicios del consentimiento y conforme a lo establecido por el art. 28 de la Ley de Organización Judicial. Resolución  que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal.