última parte del art. 83 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial
Edward Anthony Burke Pommier dentro del proceso disciplinario que sigue en contra de Alexei Fernando Orellana Romero, solicita al Tribunal de la causa, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad de la última parte del art. 83 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial, argumentando que dicha disposición al disponer que “se admite toda la prueba que sea ofrecida y que el Tribunal considera legal y atinente al caso, debiendo rechazar la que tienda a dilatar el proceso o que sea impertinente”, ha ocasionado que el Tribunal Sumariante indebidamente rechace en dos oportunidades la prueba testifical propuesta en la declaración informativa de la Jueza Rocabado Ayaviri, argumentando ser impertinente porque la misma no es parte dentro del citado proceso, lo que supone que se da la facultad a dicho Tribunal de rechazar prueba aduciendo su impertinencia sin demostrar, justificar y fundamentar el rechazo, cayendo en arbitrariedades, abuso y exceso de poder, vulnerando los derechos al debido proceso, a la defensa y a la prohibición cuando la Ley no lo determina así, derechos que se encuentran garantizados en los arts. 16 y 32 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Orlando Eliseo Lizarazu Mayorga, Rosario Rioja de Estremadoiro y John Richard Soria, Miembros Del Tribunal Sumariante,
- última parte del art. 83 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial
- Fragmento 3
- necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
- no existe una decisión pendiente en la que el tribunal disciplinario tenga que aplicar la disposición legal cuya inconstitucionalidad solicita se promueva
- APRUEBA
