SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2003-R
Fecha: 14-Ene-2003
III.1
III.1 El art. 29 de la Ley de Administraci[on y Control Gubernamental 1178 (SAFCO), de 23 de junio de 1990, establece que la responsabilidad del funcionario público es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad y la autoridad competente aplicará, según la gravedad de la falta, multa, suspensión hasta un máximo de 30 días o destitución.
Esta norma recoge el sentido y alcances del art. 16 CPE en lo que respecta al derecho de defensa y al debido proceso, cuando determina que "El derecho de la defensa de la persona en juicio es inviolable” y que “Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal".