SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2003-R
Fecha: 22-Ene-2003
a)
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a) que existe una clara restricción a sus derechos ya que por la prueba acompañada se puede observar que su oficina se encuentra cerrada, impidiéndole ejercer sus funciones laborales; b) que respecto al hecho de que la autoridad recurrida presentó denuncias al Ministerio Publico sobre supuestas faltas que hubiese cometido, éstas deberán dilucidarse en otras instancias; c) el Estatuto del Funcionario Público lo protege, pues firmó un contrato que fenece el 2004; asimismo la Ley del Ministerio de Educación establece un proceso interno, un sumario informativo, para demostrar las irregularidades alegadas por la recurrida.