SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2003-R
Fecha: 22-Ene-2003
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo pronunció Resolución declarando procedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) que el colocar candado e impedir el ingreso al recurrente a sus oficinas para el normal desarrollo de sus actividades constituye violación de los derechos constitucionales al trabajo y la justa remuneración reconocidos a favor del recurrente por el art. 7, incs. d) y j) CPE; 2) que la autoridad recurrida no ha desvirtuando la ilegalidad de los hechos en el informe enviado por el contrario se confirman estos extremos ya que corresponde a la recurrida como primera autoridad política de la provincia velar por el orden interno y el desarrollo normal de las labores educativas.