SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2003-R

Fecha: 22-Ene-2003

1)

El apoderado de la autoridad demandada informa: 1) ser evidente que la aeronave Cessna U-206 fue incautada y entregada a la Fuerza Aérea el 16 de enero de 1992, la que de acuerdo al DS 24196 de 22 de septiembre de 1995 determina que los bienes muebles sujetos a registro, aviones, avionetas, helicópteros y material de vuelo serán confiadas en uso institucional a la Fuerza Aérea Boliviana a partir de su incautación, por lo que se le dio ese uso asignándole la matrícula militar 325, nave que el año 1997 sufrió un accidente con daños considerables y no ha sido reparada por falta de recursos económicos, encontrándose en Cochabamba; 2) en ningún momento la Fuerza Aérea ha negado al recurrente la devolución, pues se le va a entregar otra aeronave de la institución con base en Puerto Suárez que tiene las mismas características de la siniestrada y esto lleva tiempo para efectuar los trámites por tratarse de bienes del Estado debiendo cumplir una serie de requisitos; 3) la autoridad recurrida ha dispuesto se proceda de la forma indicada y conforme a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (LOFA) pues debe ser el Ministerio de Defensa que de la autorización respectiva, considerando que será hasta fines de noviembre.