Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2003-R
Fecha: 27-Ene-2003
II.6
II.6 Mediante escrito de 6 de noviembre (fs. 29), la recurrente reiteró al Juez su pedido para la extinción de la acción penal, indicando que la acusación que le presentó el Fiscal no tiene fecha de recepción, y que de acuerdo a la Certificación de la Secretaria del Tribunal de Sentencia de Sica Sica, provincia Aroma, al 12 de octubre de 2002 no existía acusación alguna en su contra.
- Nicolasa Tambo Calle
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la etapa preparatoria del juicio deberá finalizar en el plazo máximo de seis meses de iniciado el proceso.
- habiendo efectivamente presentado la acusación
- APRUEBA