SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2003-R
Fecha: 27-Ene-2003
II.7
II.7 De la literal remitida a este Tribunal, se evidencia que la acusación formulada por el Fiscal contra Nicolasa Tambo Calle, fechada en 14 de octubre (fs. 53 a 57), lleva cargo de recepción de “viernes dieciocho de octubre”. El Juez Técnico del Tribunal de Sentencia de Sica Sica, dispuso la radicatoria del caso en 19 de octubre (fs. 58); empero, devolvió la acusación por decreto de 4 de noviembre (fs. 59), al constatar que la declaración de la imputada fue remitida en fotocopia simple y no en original. Por ello, el Fiscal presentó la acusación, subsanando el defecto formal, en 12 de noviembre (fs.60 a 64), frente a lo que el Tribunal de sentencia ordenó la radicatoria del proceso, el 13 de noviembre (fs. 65)
- Nicolasa Tambo Calle
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la etapa preparatoria del juicio deberá finalizar en el plazo máximo de seis meses de iniciado el proceso.
- habiendo efectivamente presentado la acusación
- APRUEBA