Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2003-R
Fecha: 27-Ene-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente a través de sus abogados ratificó su recurso e indicó que ya son dos veces que se le niega la cesación de su detención preventiva. Hizo notar que si bien existe imputación formal, no se le atribuye ningún delito, habiéndose ordenado su detención preventiva en forma ilógica y sin ningún fundamento legal y es por ese motivo que pidió la cesación de esa medida infructuosamente.