Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0111/2003- R
Fecha: 27-Ene-2003
III.1
III.1 Que, el art. 9 de la Constitución establece expresamente las formalidades que deben observar las autoridades facultadas a disponer, imponer y ejecutar una orden de detención, arresto y apresamiento. Al efecto nuestro ordenamiento jurídico penal tanto común como especial, prescribe dichas formalidades detallándolas en cada materia y jurisdicción de manera específica.