rechaza el incidente
Jesús Chuquimia Zeballos, Juez de Partido Noveno en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, por Resolución de 14 de octubre de 2003, rechaza el incidente por su improcedencia en consideración a que el incidente fue planteado en forma inoportuna al encontrarse el proceso con sentencia ejecutoriada y adjudicación del bien sometido a remate, además de que las Sentencias 35/00 de 9 de junio de 2000 y 077/00 de 19 de octubre de 2000, Auto Constitucional 209/2002 y en especial el Auto Constitucional 067/20203-CA de 11 de febrero de 2003, caso idéntico al recurso que se intenta, son de observancia en este recurso. Resolución que en cumplimiento del art. 62.1) LTC es elevada en consulta a este Tribunal.
- Jesús Chuquimia Zeballos, Juez de Partido Noveno en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz,
- los arts. 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- declarados constitucionales los arts. 48, 49, 50 y 51 de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760,
- en ejecución
- APRUEBA
