AUTO CONSTITUCIONAL 70/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 70/2003-ECA

Fecha: 31-Oct-2003

I.1

I.1  En el párrafo II.4 se  hace mención a la certificación extendida por secretaría del juzgado (aunque en realidad se trata de la actuaría) por la que su defendido no habría cumplido  una de las medidas impuestas; empero, no se hizo referencia alguna a que esta prueba no fue puesta en conocimiento de su defendido pese a que el juez recurrido dispuso que se expida la misma previo cumplimiento de las formalidades de ley, hecho que fue fundamentado en la audiencia del recurso, pues, el incumplimiento de las formalidades señaladas dio lugar a la orden de detención preventiva.