AUTO CONSTITUCIONAL 70/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 70/2003-ECA

Fecha: 31-Oct-2003

II.2

II.2           Conforme a lo señalado precedentemente en los puntos I.1 y I.2, el recurrente, sobre la base de los puntos II.4 y II.5 de la Sentencia Constitucional que responden a los datos del proceso y no ameritan mayor pronunciamiento; extraña hechos y saca conclusiones con la pretensión de modificar el fondo de la resolución cuyos fundamentos están expuestos con claridad en la sentencia.