Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1455/2003-R
Fecha: 03-Oct-2003
II.2
II.2 Apelada la referida Resolución, la Sala Penal Primera de la Corte Superior a cargo de los recurridos mediante Auto de Vista de 4 de julio de 2002 y su complementario de 10 de agosto declaran la improcedencia del recurso, dejando subsistente el Auto dictado por el a quo, con el fundamento de que el delito de estelionato atribuido a los denunciados se consumó el 6 de marzo de 1997, transcurriendo 4 años y 8 meses con relación a la fecha de interposición de la denuncia el 20 de noviembre de 2001 (fs. 2 y 4).