Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
III.2
III.2 Con relación al allanamiento, el recurrente afirma que fue ordenado por el Juez demandado y ejecutado por la co-recurrida Notaria de Fe Pública, ello no ha ocurrido por cuanto como él mismo reconoce al ser exhibido el mandamiento que franqueó la entrada a su morada sin oponer resistencia. Asimismo el presente recurso lo dirigió erróneamente contra la mencionada Notaria quien no tuvo participación en los hechos denunciados, como lo admite el recurrente sostiene en la audiencia que era otra persona y no la co-demandada, lo que hace improcedente el recurso respecto a ella.