SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2003-R

Fecha: 24-Oct-2003

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara  improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) dentro del proceso ejecutivo seguido por Limberg Omar Burela Forest contra  Blanca Pardo, de quien se embargaron sus bienes que se encontraban en la Agencia de Viaje y Turismo “Trébol”, en ejecución de sentencia el Juez recurrido actuó de acuerdo a ley al expedir el mandamiento de allanamiento, al no haberse permitido el ingreso al domicilio donde debía efectuarse la inventariación de los bienes embargados;  2) no es evidente la persecución y el procesamiento indebidos acusados por el recurrente, pues se actuó en ejecución de sentencia  que se viene cumpliendo conforme con las normas procesales pertinentes; 3) en el presente caso no ha existido allanamiento al haber sido franqueado voluntariamente y sin resistencia el ingreso al inmueble del recurrente como él lo admite;  4) los demandados no han privado o limitado la libertad física ni de locomoción de los recurrentes, lo que determina sea inviable el hábeas corpus que tiene por objeto restablecer  la libertad en los casos en que sea indebida o arbitrariamente restringida o suprimida.

Lo relacionado precedentemente, determina la improcedencia del recurso, haciendo inviable la tutela que solicita el recurrente, al no encontrarse la situación planteada dentro de las previsiones del art. 18 CPE, de manera que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.