SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2003-R

Fecha: 24-Oct-2003

III.1

III.1          En el caso que se analiza, el abogado del querellante, Jesús Abuawad Balderas, solicitó la revocatoria de la suspensión condicional de la pena por cuanto el condenado no cumplió con la obligación de someterse a la vigilancia del Juez de Ejecución Penal, ante quien debía presentarse quincenalmente durante el período de prueba al que está sometido; petición que es legítima por cuanto, en este caso, la persona directamente ofendida por el delito, mediante su representante legal, tiene el derecho no sólo de instar la persecución penal, sino que a través del mismo proceso penal se haga efectiva la sentencia dictada, cuya ejecución está suspendida condicionalmente mientras haya cumplimiento determinados requisitos impuestos por el juez de la causa.