Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2003-R
Fecha: 24-Oct-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con el fundamento de que la autoridad recurrida tiene plena jurisdicción y competencia para conocer las cuestiones relativas a la ejecución de sentencia de suspensión condicional de la pena, por lo que su actuación en el caso presente se encuentra enmarcada lícitamente en normas de derecho y, en consecuencia, no son evidentes las infracciones que se acusan por el recurrente.