AUTO CONSTITUCIONAL 514/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 514/2003-CA

Fecha: 05-Nov-2003

I.2.1 Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por Heidi Helenka Julia Pino Antezana y Silvana Karim Suárez Padilla  en representación de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda ”La Paz” solicitando se rechace el incidente por lo siguiente: el proceso coactivo es un proceso sumario de tramitación especial el mismo que no atenta contra ningún precepto constitucional; la cláusula segunda del contrato de préstamo no establece renuncia a la defensa , sino es un acuerdo o convenio establecido entre las partes a tenor de lo dispuesto por el art. 48-I de la Ley 1760 adquiriendo la eficacia jurídica prevista en la disposición del art. 519 del Código civil, constituyendo ley entre partes y la sentencia pronunciada dentro del proceso coactivo se encuentra ejecutoriada con calidad de cosa juzgada material.