Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
II.3.
II.3. Mediante informe emitido por la Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica del SEDES La Paz al Asesor Legal de la misma entidad, de 2 de septiembre de 2002 (fs. 196) se comunica haberse remitido todos los antecedentes del trámite sobre pago de sueldos devengados emergentes de un sumario informativo contra la recurrente, a la Dirección Jurídica de la Prefectura del departamento, para que dicha petición sea considerada por esa Dirección.