Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1655/2003-R
Fecha: 18-Nov-2003
improcedente
Por Resolución de fs. 153 a 154, se declaró improcedente el recurso, con la siguiente fundamentación: que al haberse visto afectado con la Resolución del Directorio de la CNS, el recurrente no ha interpuesto ni agotado las vías administrativas que aún podía ejercitar, como el Consejo Interinstitucional y el Ministerio de Salud, de acuerdo al art. 2 DS 26495.