SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1699/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
Fragmento 4
Virginia Rocabado Ayaviri, Vocal de la Sala Penal Tercera, informó que el co-recurrido no se presentó porque se encuentra en comisión en Sucre. Asimismo indicó que dentro del proceso penal seguido contra el recurrente, el Juez Instructor Tercero en lo Penal mediante Auto de 10 de septiembre de 2003, rechazó su solicitud de cesación de detención preventiva, determinación que fue apelada por el recurrente, en cuyo mérito, el 16 de septiembre de 2003 se remitieron antecedentes a la Sala Penal que integra, por lo que señaló audiencia para la consideración de los motivos que dieron lugar al medio de impugnación para el 19 de septiembre de 2003; audiencia que no pudo llevarse a cabo por los conflictos sociales ocurridos en esa fecha, por tal motivo se señaló audiencia para el lunes 22 de septiembre de 2003, actuación en la que se confirmó el Auto apelado.