SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1619/2003 - R
Fecha: 10-Nov-2003
II.2
II.2 Que, el 22 de julio de 2003, el ejecutado Paulino Silisqui, pide bajo conminatoria de ley ante el Juez de la causa, que Hilda Aparicio devuelva las calaminas (chapas) y las coloque de donde las sacaron, caso contrario se obre de acuerdo a procedimiento en caso de incumplimiento, que mereció providencia de 22 de julio de 2003, por el cual se comunica a la actora para que proceda a la devolución y colocación de las chapas en el lugar de donde las sacaron; ante el incumplimiento de depositario, el ejecutado solicita apremio por memoriales de 1, 20 y 25 de agosto de 2003, ordenando el Juez de la causa, por decreto de 26 de agosto de 2003, se libre mandamiento de apremio en contra de la depositaria Hilda Aparicio. (fs. 43 a 47)