SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1619/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1619/2003 - R

Fecha: 10-Nov-2003

III.   FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente solicita tutela a su derecho de libertad de locomoción consagrado por el art. 6-II) CPE.  En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tal extremo es evidente y si constituye persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.