AUTO CONSTITUCIONAL 39/2003-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 39/2003-CDP

Fecha: 05-Dic-2003

I.3.

I.3.      Por Auto Constitucional (AC) 24/2003-CDP de 29 de agosto (fs. 359 a  363),  este Tribunal; 1) anuló la Resolución de 25 de julio antes mencionada, por cuanto la Corte del recurso no explicó el origen del monto calificado para el resarcimiento de daños y perjuicios; y, 2) dispuso que el Tribunal de hábeas corpus emita nueva decisión de acuerdo a las directrices señaladas en el Auto Constitucional referido.