APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33.I inc. 1) LTC, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución 523/2003 de 2 de diciembre de 2003, pronunciada por Javier P. Bravo Arroyo, Juez Undécimo de Partido en lo Civil de La Paz, cursante a fs. 74-75 del expediente.
