SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1771/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1771/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

1)

La autoridad demandada en su informe escrito (fs. 35 a 37) señaló que el recurrente planteó demanda sobre rendición de cuentas contra Fredy Carlo López, quien se apersonó al proceso señalando que no existía razón para rendir cuentas; sin embargo acompañó la documental que corre de fs. 11 a 29, cumpliendo de ese modo con lo dispuesto por el art. 688 CPC, no existiendo motivo para librar mandamiento de apremio, por la que no dio curso a la solicitud del demandante sugiriéndole que en todo caso exprese su conformidad o disconformidad con la documentación acompañada a la demanda. El demandante omitiendo su sugerencia planteó recurso de reposición con alternativa de apelación el que remitió ante el Juez de Partido para su resolución, en este ínterin, solicitó la aplicación de las siguientes medidas precautorias: 1) se ordene al Banco Nacional de Bolivia el cierre definitivo de la cuenta 240-0061893 a nombre del demandado Freddy Carlo López, 2) se ordene al mismo Banco abra una cuenta a nombre del Colegio “Angloamericano” y 3) prohibición de innovar para su inscripción en Derechos Reales, habiendo rechazado las solicitudes contenidas en los números 1) y 2 ) por no ser competente para el efecto, con respecto a la solicitud contenida en el numeral 3) decidió oír previamente a la parte contraria para actuar en consecuencia. Finalmente, la cantidad de escritos de la parte actora desorientó al juzgador, razón por la que mediante Auto repuso obrados hasta que se notifique al demandado con la reposición de obrados planteada por el actor.