SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1783/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 25 de septiembre de 2003 (fs. 19), el recurrente aduce que no obstante que la Superintendencia de Servicio Civil mediante Resolución Administrativa SSC/IRJ/099/2003 de 14 de julio de 2003, dispuso su suspensión sin goce de haberes por treinta días calendario y su reincorporación al cargo que desempeñaba en el Viceministerio de Cultura, y a pesar de que cumplió a cabalidad la sanción citada, después de haber transcurrido más de un mes, la autoridad recurrida se niega a acatar dicha Resolución, por lo que habiendo agotado todas las instancias correspondientes, tratándose de un funcionario de carrera, acude al presente recurso destacando que el art. 37 del DS 26319 establece que las resoluciones administrativas emitidas por el Superintendente del Servicio Civil “serán de ejecución inmediata y de cumplimiento obligatorio para las partes intervinientes”.