SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1829/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1829/2003-R

Fecha: 11-Dic-2003

II.2.

II.2. Mediante Acta de Entendimiento de 11 de agosto de 2003 celebrada en la ciudad de Santa Cruz (fs. 4) a convocatoria del Viceministerio de Transporte, las Federaciones de Transportes “18 de Noviembre” del Beni y Federación “1 de Mayo” de La Paz, acordaron que: “1º Punto.- La flota “Yungueña” en el plazo de 7 días ½ retirará a su administrador y personal que colabore en la ciudad de Trinidad, en la ciudad de Guayaramerín también retirará a su administrador hasta fin de año. 2º Punto.- Ambas Federaciones de común acuerdo establecen que flota “Yungueña” prestará sus servicios el día lunes a horas 10:30 a.m. y miércoles como lo venía haciendo.