Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1913/2003-R
Fecha: 17-Dic-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Juez de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con el fundamento de que si bien hubieron irregularidades en el procedimiento por parte del funcionario judicial, mal puede decirse que se hubiera vulnerado los derechos y garantías señalados como conculcados, pues, de haberse secuestrado el vehículo correctamente, el resultado invariablemente sería el mismo; por el contrario quien podría resultar perjudicada es la ejecutante como consecuencia de tener que darse un nuevo diligenciamiento; por ello es ante el Juez de la causa ante quien debe hacer conocer sus reparos.