Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2003 - R
Fecha: 06-Feb-2003
I.2.1
El recurrente ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando que ante la “falencia del Dr. Ugarte de no haber dejado sin efecto las medidas cautelares” solicitó que ordene el desarraigo pero mediante proveído de 10 de diciembre de 2002, ha negado lo solicitado para lo cual, no necesitaba los obrados originales además que la apelación que se planteó sólo puede ser concedida en efecto devolutivo, debiendo continuarse el proceso y cumplirse la resolución que declaró probada la excepción.