Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0177/2003-R
Fecha: 17-Feb-2003
II.2.
II.2. El proceso disciplinario iniciado contra la recurrente mereció en apelación, la Resolución 011/2002de 6 de marzo de 2002, que anuló obrados hasta el vicio más antiguo (denuncia), en cuyo mérito la recurrente pidió a las autoridades recurridas su restitución al cargo que ocupaba (fs. 24-27, 31-33, 35).