Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0179/2003-R
Fecha: 17-Feb-2003
I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 15 de noviembre de 2002 (fs.4-5), el recurrente manifiesta que el 11 de noviembre de 2002, aprovechando su ausencia, un grupo de ciudadanos inadaptados avasallaron la oficina de la Fiscalía de esa ciudad encabezados por algunos dirigentes del Comité Cívico, entre los que se encuentra la recurrida, procediendo a cerrar con llave la oficina del Ministerio Público de la ciudad de Riberalta, ocasionando de esa manera una violación a los Derechos Humanos, a la Constitución, al derecho al trabajo que tiene como autoridad fiscal legalmente constituida y privando a la colectividad de acceder a la justicia.